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¿Se puede celebrar un proceso sin la comparecencia del único testigo presencial de los hechos?


El testigo del accidente en que murió Oswaldo Payá, el sueco Aron Modig no asistió al juicio contra Carromero en Bayamo. ¿Se puede celebrar un proceso sin la comparecencia del único testigo presencial de los hechos?

Durante el proceso de fase preparatoria, o la fase investigativa del caso, el testigo presencial al que haces referencia prestó declaración formal, conforme a las garantías legales establecidas por la ley.

Esa declaración realizada por Modig, que también fue grabada en video, y que cuenta con la aprobación de él, su representante consular y dos testigos, podrá ser empleada en el juicio sin ninguna restricción y con suficiente valor de prueba.

Su ausencia en la vista oral puede ser reemplazada por esta declaración anterior que se encuentra debidamente certificada en la causa penal.
Si la defensa de Carromero estimara que existe alguna contradicción o violación del procedimiento en la forma y manera en que se le tomó declaración a este testigo, puede impugnar el valor de la misma como medio de prueba y promover una protesta en el juicio contra el uso de la misma.

Pero este derecho no fue ejercido por el acusado ni por su defensor.
La declaración de Modig, que fue reproducida por diferentes medios de prensa, no aporta nada sobre las causas y condiciones en que ocurrió el accidente.

Esta persona fue mucho más explícita en identificar las causas políticas que le llevaron a viajar a Cuba, que respecto a los elementos que provocaron el accidente, incluso llegó a declarar que dormía durante la ocurrencia del mismo.

Así que no era un testigo tan importante y sus valoraciones políticas no tienen ningún valor para un juicio de tránsito.
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